CIDH amplía medidas cautelares a chofer de Cristiana Chamorro

Foto: El Espectador

La Comisión Interamericana de Derechos Humanos (CIDH) otorgó medidas cautelares a favor de Pedro Salvador Vásquez, chofer de Cristiana María Chamorro Barrios.

La CIDH consideró a Vásquez en una situación de gravedad y urgencia de riesgo de daño irreparable a sus derechos en Nicaragua.

Anteriormente, la CIDH otorgó medidas cautelares en favor de Cristiana María Chamorro Barrios, Walter Antonio Gómez Silva, Marcos Antonio Fletes Casco y Lourdes Arróliga.

A raíz de la posible candidatura a la presidencia de la República de Chamorro Barrios, tanto ella como los demás beneficiarios pasaron a ser perseguidos y hostigados, algunos incluso en privación de libertad sin que se conozcan sus ubicaciones y condiciones de detención.

La información recibida da cuenta de que Pedro Salvador Vásquez se desempañaba como chofer de la señora Chamorro, y estaba siendo investigado como parte de un proceso que involucraba a personas cercanas a la Fundación Violeta Barrios de Chamorro.

Cristiana Chamorro, aspirante presidencial. FOTO: Jorge Eduardo

En ese sentido, la Comisión observó que, tras haber sido citado por el Ministerio Público el 14 de junio de 2021 y continuar con sus actividades laborales del día, familiares del propuesto beneficiario no tuvieron conocimiento de su paradero.

Al respecto, aunque tendrían información extraoficial del paradero, la solicitud resaltó que se encuentra incomunicado a la fecha sin poder acceder a sus familiares o abogados.

El Estado respondió a la solicitud de información de la CIDH, informando que garantiza los derechos humanos de las personas sin distinción y que el señor Vásquez viene siendo investigado según las disposiciones del ordenamiento interno.

La Comisión solicitó a Nicaragua que:

a) adopte las medidas necesarias para proteger los derechos a la vida e integridad personal de Pedro Salvador Vásquez.

b) informe de manera oficial sobre su lugar de detención, y adopte las medidas necesarias para asegurar que las condiciones de detención de la persona beneficiaria se adecúen a los estándares internacionales aplicables

c) concierte las medidas a adoptarse con la persona beneficiaria y sus representantes.

d) informe sobre las acciones adoptadas a fin de investigar los hechos que dieron lugar a la adopción de la presente medida cautelar y así evitar su repetición.

Sea el primero en comentar

Deje su comentario

Su correo no será publicado.


*