Cableras y radio emisoras estarán obligadas a transmitir cadena nacional de Daniel Ortega, según Telcor

Daniel Ortega en comparecencia nacional FOTO: El Mundo

A través de una reforma solicitada por el Instituto Nicaragüense de Telecomunicaciones y Correos (Telcor), se obligará a las cableras y radio emisoras a transmitir los mensajes que Daniel Ortega brinde en los discursos programados, sin interrupciones, recortes, alteraciones o modificaciones a este.

De no ser así como lo antes mencionado, las cableras y radio emisoras incurrirán en una infracción grave al contrato de licencia., según un documento publicado en el Diario Oficial La Gaceta.

Las enmiendas incluyen reformas al Acuerdo Administrativo N° 06-97, Reglamento del servicio de televisión por suscripción y al Acuerdo Administrativo N° 07-97, Reglamento del servicio de radiodifusión televisiva.

Instituto Nicaragüense de Telecomunicaciones y Correos (Telcor),

En el documento, Telcor agrega que los servicios de radiodifusión televisiva y televisión por suscripción constituyen servicios de interés general sujetos a la regulación de Telcor, según lo establecido en la Ley N° 200 Ley General de Telecomunicaciones y Servicios Postales

“Con el propósito que la población nicaragüense esté debidamente informada sobre situaciones que revisten de interés nacional es necesario garantizar la transmisión de mensajes oficiales por parte de las autoridades del gobierno de la República de Nicaragua a través de cadenas nacionales de radio y televisión”, cita el diario La Gaceta.

Documento publicado en la Gaceta informa la reforma al artículo 30 del Acuerdo
Administrativo N° 06-97, Reglamento del Servicio de Telecomunicaciones

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En el documento publicado en la Gaceta informa la reforma al artículo 30 del Acuerdo Administrativo N° 06-97, Reglamento del Servicio de Telecomunicaciones por Suscripción el cual establece que:

“Artículo 30. Los operadores del servicio de televisión por suscripción están en la obligación de unirse a la cadena nacional de radio y televisión que convoque TELCOR en situaciones de emergencia nacional, regional vinculadas a la seguridad y defensa de la nación, graves alteraciones al orden público, a las condiciones económicas y sociales, epidemias, pandemias, fenómenos o catástrofes naturales y en general cuando las autoridades del gobierno de la República de Nicaragua, transmitan mensajes de interés nacional”, dicta dicha reforma.

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