EE.UU. sanciona a la compañía petrolera PDVSA y a Alba de Nicaragua

Foto/ Diario de Los Andes

El Gobierno de EEUU anunció este lunes sanciones contra la compañía estatal Petróleos de Venezuela (PDVSA) dentro del proceso de presión sobre Caracas, tras el reconocimiento de Juan Guaidó como presidente encargado de Venezuela frente a Nicolás Maduro.

“La designación de PDVSA ayudará a evitar futuros desvíos de activos de Venezuela por Maduro y mantener esos activos para el pueblo venezolano. El camino de suspensión de estas sanciones a PDVSA es a través de la rápida transferencia del control al presidente interino o un gobierno posterior, elegido democráticamente”, dijo Steven Mnuchin, secretario del Tesoro, en rueda de prensa en la Casa Blanca.

El senador republicano Marco Rubio celebró este lunes en su cuenta de Twitter que “Todas las propiedades y los intereses de PdVSA ahora están bloqueados y las personas de EE. UU. generalmente tienen prohibido participar en transacciones con ello”.

El congresista por la Florida dijo también que “el petróleo de #Venezuela pertenece al pueblo venezolano y el dinero para el petróleo ahora va a ellos a través del gobierno legítimo de @jguaido”.

La orden ejecutiva 13850 del Departamento del Tesoro de Estados Unidos referido al bloqueo de las operaciones de la estatal Petróleos de Venezuela (PDVSA) alcanzó también a la empresa subsidiaria Alba de Nicaragua (Albanisa), entidad creada por personeros del régimen de Daniel Ortega y Rosario Murillo para controlar discrecionalmente los fondos generados por el acuerdo petrolero con Venezuela.

La orden del Departamento del Tesoro bloquea cualquier operación con Albanisa o cualquier entidad en la que esta empresa posea directa o indirectamente, intereses por un 50 por ciento o más, debido a su vinculación con PDVSA.

El comunicado indica, “Cualquier transacción o trato con ALBA de Nicaragua (ALBANISA) o cualquier entidad en la que ALBANISA posea, directa o indirectamente, un interés del 50 por ciento o más”.

La imagen puede contener: texto

DEPARTAMENTO DEL TESORO WASHINGTON, D.C. 20220

OFICINA DE CONTROL DE ACTIVOS EXTRANJEROS

Orden Ejecutiva 13850 del 1 de noviembre de 2018

Propiedad bloqueada de una persona adicional que contribuye a la situación en Venezuela

LICENCIA GENERAL NÚM. 11

Autorización de las actividades de certificación necesarias para el mantenimiento o la reducción de las operaciones o de un contrato existente con Petróleos De Venezuela, S.A. (PdVSA)

(a) Excepto lo dispuesto en el párrafo (c) de la licencia general de chis. Los empleados y contratistas de personal estadounidense pertenecientes a empresas no estadounidenses ubicadas en un país diferente a los Estados Unidos o Venezuela están autorizados a realizar todas las transacciones y actividades prohibidas por la Orden Ejecutiva 13850 que normalmente son incidentes y son necesarios para el mantenimiento o la finalización de las operaciones, contracta, u otros acuerdos que involucren a PdVSA o cualquier entidad en la que PdVSA posea, directa o indirectamente, un 50 por ciento o más de interés, que estaban vigentes antes del 28 de enero de 2019. Esta autorización es válida hasta las 12:01 a.m. 29 de marzo de 2019.

(b) A excepción de lo dispuesto en el párrafo (c) de la licencia general, las instituciones financieras de los EE. UU. están autorizadas a rechazar las transferencias de fondos que involucren a (i) PdVSA o cualquier entidad en la que PdVSA posea, directa o indirectamente, un 50 por ciento o más inter., y (ii) entidades no estadounidenses ubicadas en un país distinto del país. Estados Unidos o Venezuela, siempre que las transferencias de la funda sean originarias y terminadas fuera de los Estados Unidos y que ni el originador ni la beneficiaria sean personas de EE. UU. Y la funda no estén destinadas a una cuenta bloqueada en los libros de una persona de EE. UU. Esta autorización es válida hasta las 12:01 a.m. casi = hora de luz, 29 de marzo de 2019.

(c) Esta licencia general no autoriza:

(I) Cualquier transacción o trato con ALBA de Nicaragua (ALBANISA) o cualquier entidad en la que ALBANISA posea, directa o indirectamente, un interés del 50 por ciento o más,

(2) Cualquier transacción o tratos prohibidos por la Orden Ejecutiva 13850 del 1 de noviembre de 2018, Orden Ejecutiva 13835 del 21 de mayo de 2018, Orden Ejecutiva 13827 del 9 de marzo de 2018, Orden Ejecutiva 13808 del 24 de agosto de 2017, Orden Ejecutiva 13692 de 8 de marzo de 2015, o cualquier bandeja de 31 CFR el Capítulo V, o cualquier transacción o trato con cualquier persona bloqueada que no sea la persona bloqueada identificada en los párrafos (a) y (b) de la licencia general, o

(3) Theunb by lockiparang of anyrty, b) bloqueado de acuerdo con y pan 31 C.F.R. Capítulo V. Excepto según lo autorizado.
Andrea Gacki Director Oficina de Control de Activos Extranjeros

Fechado: 28 de enero de 2019.

Agencias

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