En Costa Rica, si una persona que se le haya negado la solicitud de refugio, todavía le queda una opción que es importante tomar en cuenta, indica exdirector de Migración de dicho país.
En declaraciones a medios digitales, del abogado y Notario público de Costa Rica, Daguer Hernández, asegura que de haber sido denegado la solicitud de Refugio antes marzo del año 2023, “la persona tiene todas las posibilidades para optar por la categoría especial temporal y para que la misma sea aprobada”.
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Para lo anterior hay requisitos que se deben de cumplir, como llenar un formulario de filiación, y una declaración jurada de nacimiento que se descarga de la página web de la Dirección de Migración de Costa Rica, señala el jurista.
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Posterior se tiene que completar con el antecedente (Record de Policía) del país de origen, apostillado y anexarles a los documentos antes mencionados, la copia de la cedula o de pasaporte, y así se accede a ese trámite.
Teniendo todos los documentos, se puede proceder a sacar cita y hacer la solicitud especial temporal, manifiesta el exfuncionario de Migración de Costa Rica, Daguer Hernández.
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