El decreto firmado por el presidente de Costa Rica, Rodrigo Chaves en el que prohibía a solicitantes de refugio la salida del país, fue declarado como inconstitucional por una Sala de Justicia de dicho país.
Según la Sala IV el decreto del Gobierno contiene una disposición contraria a los derechos humanos; pues en su artículo 59, prohíbe que una persona solicitante de refugio salga de Costa Rica.
Este impedimento se emitió porque si una persona sale del país, no tiene una necesidad real de protección internacional por parte del Estado costarricense, según había explicado Chaves en noviembre del 2022.
El pasado 14 de febrero los magistrados declararon con lugar un hábeas corpus presentado por un ciudadano nicaragüense solicitante de refugio contra la Dirección de Migración y Extranjería (DGME), la cual le impidió salir del país para asistir a un evento académico.
La resolución de la Sala IV indica que la restricción de tránsito impuesta por la autoridad recurrida, vía reglamentaria, a las personas solicitantes de refugio es contraria a los derechos humanos de las personas migrantes.
Ya que dicha resolución impone limitaciones a su libertad ambulatoria, mediante un instrumento jurídico que no es idóneo ni legítimo para esos efectos.
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Esta resolución se fundamenta en un informe técnico de la oficina local del Alto Comisionado de las Naciones Unidas para los Refugiados (ACNUR) basado en la Convención sobre Refugiados de 1951, de la cual Costa Rica es firmante.
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